Delito: Cuando los diputados promueven bloqueos

El Fiscal General y los de Distrito ya dieron su “punto de vista jurídico” sobre el tema de los bloqueos, lo cual ha provocado que algunos pocos aplaudan y la mayoría se rasgue las vestiduras por lo insólito de la aberrante interpretación.  Cuando vemos los bloqueos y las interminables filas de camiones detenidos que transportan los bienes necesarios para vivir y trabajar en comunidad; nos provoca pena, pero nos produce rabia cuando miramos a los que originan estas medidas; y que lastimosamente estimulan la estrangulación real de la economía nacional, tornándola más desastrosa.  ¿Y ahora, quién nos defiende de los bloqueos?.

Sólo el Defensor del Pueblo, ……. creo.  Este actor social debe ahora concentrar su influencia constitucional y dirigirla hacia el dirigente cocalero Evo Morales A. que se convirtió, los últimos años, en líder aglutinador de las demandas sociales y de los principales hechos que ocasionan la violación de los derechos humanos de los ciudadanos ajenos a las problemáticas, me refiero específicamente a los empresarios, los trabajadores y el pueblo raso.

Desde esta columna se sugiere que sea el Defensor del Pueblo, quien considere y califique como funcionario electo al Diputado Nacional Evo Morales, es decir como aquella persona cuya función pública se originó en un proceso eleccionario previsto por la Constitución Política del Estado, y que por lo tanto esta sujeto a las normas de ética pública, como todos los servidores públicos.

Debemos recordar que el Diputado Morales Aima tiene el deber de respetar y cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras disposiciones  legales, a base de su juramento como Diputado; y así es que Morales Aima, por Ley de la República esta prohibido, siempre prohibido, de realizar actividades de interés particular en el ejercicio de sus funciones; al defender sus propios intereses de cocalero, ahora más como socio gaseoso de algunos imprudentes y poco escrupulosos personajes del “terrorismo antiglobalización”.  Es Morales, además quien realiza o incita acciones que afectan, dañan o causan deterioro a los bienes del Estado y sus habitantes, con los «bloqueos, movilizaciones y vigilias», que sólo muestran un conflicto de interés evidente.

El Defensor del Pueblo debe prevenir al Diputado Morales Aima y reprenderle porque esta impedido de promover o participar directa o indirectamente, en prácticas destinadas a lograr ventajas ilícitas, en especial aquellas que trata de lograr al margen de la Constitución Política del Estado; es decir lograr el consentimiento público a base de la extorsión y el pillaje.  Es preciso ahora que se utilice el artículo 11 de la Ley 1818 del Defensor del Pueblo y se formule, ineludiblemente, un RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES al Diputado Evo Morales Aima para que la actividad pública que asume como representante nacional este inspirada en principios y valores éticos de integridad, imparcialidad, probidad, transparencia, responsabilidad y eficiencia funcionaria que garanticen un adecuado servicio a la colectividad, como manda el artículo 12 de la Ley del Estatuto del Funcionario Público; y detenga de una vez por todas los bloqueos . ………… ¿se cumplieron esos principios y valores?. ¿Qué alguien diga que se comete delito cuando un funcionario público promueve bloqueos? Si alguien dice que NO, estamos en otro cosmos. Necesitamos un pronunciamiento legal y constitucional en la lógica de la convivencia pacífica.  No basta con lo de los fiscales, y es necesario que en cumplimiento de su mandato constitucional, el Defensor del Pueblo emita una resolución de queja en la que proteja a los empresarios y los trabajadores afectados por los bloqueos.  Ellos saben que el país se muere por asfixia; pero Morales y los suyos creen prudente ajustar aún más el torniquete para salvarlo.  Este tema simplemente provoca demencia.

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