Errar es humano; perdonar es divino. Esta es una frase proverbial que alude a «la falibilidad del ser humano, pero al mismo tiempo, reconoce que el don de perdonar es digno de un ser superior, Dios, por lo que cuando el hombre perdona, debería sentirse más cerca del Creador» (Diccionario de Proverbios).
El perdón. Con el del nuevo Código Tributario, ha propuesto la condonación de las sanciones pecuniarias, así como los intereses generados por obligaciones tributarias que no hubiesen sido pagadas total o parcialmente por los contribuyentes que tengan cualquier deuda tributaria en mora al 31 de diciembre de 2002. En este caso, el Fisco perderá la soga, pero se quedará con la cabra (tributo).
El error. El mismo proyecto de ley se refiere a los adeudos tributarios que se encuentren liquidados por cualquier acto de la administración tributaria o por fallos judiciales ejecutoriados. Es el caso, entre miles no publicitados, de la «Distribuidora Fernández». A este tipo empresas se les otorgará un plan de facilidades de pago en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin previa constitución de garantías, dentro de un plazo máximo de hasta cinco años calendario con dos años de gracia y con una tasa de interés del cinco por ciento (5%) anual. (!)
En el primer caso existe condonación, es decir que el Fisco cobrará los tributos en mora (sí o sí) y sólo se «perdonarán» las restantes obligaciones colaterales, así como los intereses y las multas. Para el segundo caso se otorgará al contribuyente un plazo larguísimo para que pueda pagar todo lo que debe (tributo, mantenimiento de valor, intereses, multas, etc.) y sin garantía. Con esto el Fisco corre el riesgo de perder la soga y la cabra.
El perdón o la condonación de multas e intereses inscritos en el nuevo Código Tributario, tiene sin duda un alcance general. Si el propósito de esta condonación es dinamizar las actividades económicas de las personas naturales, los pequeños, medianos y grandes productores bolivianos, lo correcto es ovacionar y estimular el perdón; porque la mayoría de los empresarios y contribuyentes bolivianos ya han recurrido a Dios para pedir el alivio de sus deudas fiscales en mora.
La seguridad jurídica sobre los adeudos tributarios con calidad de cosa juzgada y el cumplimiento de cualquier sentencia firme que obliga al pago de tributos, son dos cosas que alcanzan lo divino y lo sagrado. El hecho de otorgar cinco años de plazo a quien durante los diez años anteriores ha obstaculizado el cumplimiento de su obligación tributaria, no es un perdón, es un error. Es necesario y para siempre poner un candado a este cofre de problemas que destruyen al Fisco. Caso contrario, las graciosas ampliaciones de plazos para el pago de impuestos liquidados y rematados con cosa juzgada pueden convertirse en un deporte nacional y tendremos cada fin de semana los famosos perdonazos.
Para enfrentar la crisis el Parlamento deberá generar un alivio para los contribuyentes morosos, pero este alivio no deberá beneficiar a los evasores rematados, cuyos nombres y apellidos los conoce el Servicio de Impuestos Nacionales. Aquí se deberá cerrar para siempre el círculo vicioso. Bolivia necesita dinamizar la economía de sus familias y empresas honestas. El perdón vale, el error no.