El contrabando: un delito que mata y convence

Respecto del proyecto de ley del Código Tributario, en el anterior artículo de esta columna se dijo que los contrabandistas lograron convencer al Gobierno para que el contrabando se diferencie entre el denominado «menor», que constituye una simple contravención tributaria, y otro que se denomina «mayor», el que se considera como un DELITO.  Además indicamos que el 99% del contrabando que ingresa en este país tiene las características del contrabando menor.  Como es ya sabido, el día martes pasado el contrabando atropelló y mató a un policía de la Unidad de Control Operativo Aduanero (COA) y con este hecho pide ser tratado como una contravención y no como un delito. Ilógico.

Durante la pasada semana el Ministerio de Hacienda ha desgranado argumentos para convencer que el contrabandista «menor» sólo merecerá el decomiso de la mercadería, el pago del tributo omitido y las multas correspondientes como sanciones.  Nada más. Estos delincuentes ahora matan para contrabandear (valga el verbo) sin ser sancionados con la pena privativa de libertad.

Veamos los datos históricos. Desde 1952 y hasta el día de hoy sólo tres contrabandistas menores purgan penas de cárcel. A partir de los primeros años de la década del 70, el contrabando fue considerado un delito tributario y se pudo haber sancionado a cualquier contrabandista; el grande o el chico, el mayor o el menor, con penas privativas de libertad de seis (6) años de cárcel.  Lo que pasó es que ninguna autoridad tributaria o aduanera asumió la responsabilidad de iniciar un proceso penal para sancionar el contrabando, con la excusa de que el proceso penal antiguo era muy largo en el tiempo. Entonces, siempre fue preferible encubrir antes que sancionar.

Con la diferencia inserta en el proyecto del Código Tributario entre el contrabando mayor y el menor se ha dislocado el verdadero fin de la lucha contra ese flagelo.  Se perseguía la eliminación total del contrabando, que además mata a la industria nacional y destroza al Fisco. Después del homicidio del policía COA, la Aduana Nacional de Bolivia tendrá serias dificultades para controlar el contrabando menor si no se exagera la pena privativa de libertad para los delincuentes y se amplían los poderes represivos contra este delito. El propósito de los contrabandistas es destrozar el débil andamiaje de transparencia que se logró instalar en la Aduana durante los últimos cuatro años.  Ante la eventualidad de constatarse que la Aduana no está cumpliendo su función de luchar contra el contrabando, los partidos políticos de Gobierno tendrán la excusa idónea para intervenir la institución y provocar la huida masiva del personal institucionalizado.

El Ministerio de Hacienda debe accionar para cobrar multas y rematar mercaderías incautadas al contrabando con procesos más cortos, y para lograr esto debe modificar los procedimientos legales con plazos breves y hacer insufribles sus consecuencias, pero jamás arrojar un manto de impunidad sobre los contrabandistas menores.  El contrabando no debe dejar de ser considerado un DELITO (con mayúsculas); y cualquier contrabandista, del tamaño que sea, tiene que ir a parar a la cárcel; más aún si asesina.  Sólo queda esperar y escuchar los argumentos de los diputados y senadores del II Congreso Extraordinario para saber si habrá encubrimiento legal o sanción ejemplar para el contrabando. Si el Ministerio de Hacienda pretende insistir en la tipificación del contrabando menor, no le quedará otra alternativa que sancionar a este delito con penas privativas de libertad de tres a seis años y de seis a doce años de presidio para el contrabando mayor. Un delito exagerado merece una pena exagerada.

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