Reglamento de la Ley del Cementerio General (DM 287)

DECRETO MUNICIPAL N° 287/2022

Cochabamba, 12 de enero de 2022

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, señala en su Artículo 302.I. Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: 19. Creación y administración de impuestos de carácter municipal cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales o departamentales.

Que, la Ley N° 031 Marco de Autonomías y Descentralización «Andrés Ibáñez» de 19 de julio de 2010, dispone en el Artículo 34 que el Órgano Ejecutivo es presidido por una Alcaldesa o un Alcalde e integrado además por autoridades encargadas de la administración, cuyo número y atribuciones serán establecidas en la carta orgánica o normativa municipal.

Que, la Ley N° 482 de Gobiernos Autónomos Municipales de 9 de febrero de 2014, señala en el Numeral 4, del Artículo 26 que la Alcaldesa o el Alcalde Municipal, tiene entre sus atribuciones, Dictar Decretos Municipales, conjuntamente con las y los Secretarios Municipales.

Que, la Ley N° 0026/2014 de Ordenamiento Jurídico y Procedimiento Legislativo Municipal de 11 de abril de 2014, señala, en el Artículo 25 que el Decreto Municipal es de cumplimiento obligatorio para las ciudadanas y ciudadanos a partir de su publicación.

Que, la Ley Municipal N° 0395/2019 de Regulación de Ingresos no T r ib litar ios de 04 de abril de 2019, tiene por objeto regular el régimen jurídico administrativo, financiero municipal de ingresos no tributarios, en el marco de la Autonomía Municipal.

Que, la Ley Municipal N° 1043/2021 del Cementerio General de 18 de octubre de 2021, tiene por objeto adecuar las Tasas de Servicios en el Cementerio General, clasificando y manteniendo los aranceles vigentes, incorporando la tasa de adjudicación de nicho para cenizas (hornacina).

Que, por Informe Técnico DREC CITE N° 1018/2021 de 10 de noviembre 2021, la Dirección de Recaudaciones remite el proyecto de Decreto Municipal de Reglamento a la Ley Municipal del Cementerio General y solicita a la Máxima Autoridad Ejecutiva la aprobación de la misma.

Que, por Informe Legal DAJA — IL 1584 de 22 de noviembre de 2021, la Dirección de Asuntos Jurídicos Administrativos, recomienda la remisión al Departamento de Normativa Municipal del Reglamento a la Ley Municipal del Cementerio General, para elaboración del anteproyecto respectivo.

Que, por Informe DNM – NI — 762 de 16 de diciembre de 2021, el Departamento de Normativa Municipal, señala que habiendo revisado el presente trámite y el informe legal de viabilidad, determina que la propuesta normativa cuenta con la técnica legislativa correspondiente.

En Gabinete de Secretarios Municipales,

DECRETA:

ARTÍCULO l. (OBJETO).

El presente Decreto Municipal tiene por objeto Reglamentar la Ley Municipal N° 1043/2021 del Cementerio General de 18 de octubre de 2021.

CAPÍTULO ÚNICO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN).

Las disposiciones contenidas en el presente Decreto Municipal se aplicarán a todas las personas naturales o jurídicas, que soliciten los servicios prestados en el Cementerio General del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.

ARTÍCULO 3. (ACTUALIZACIÓN).

La actualización de valores, montos, y tasas establecidas en la Ley Municipal del Cementerio General, se efectuará mediante Resolución Técnica Administrativa emitida por la Máxima Autoridad Ejecutiva Tributaria Municipal, en los casos en que exista o no actualización, esto en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (U.F.V.) publicado por el Banco Central de Bolivia entre el 01 de enero al 31 de diciembre de cada gestión fiscal.

ARTÍCULO 4. (SISTEMA DE COBRO).

I. El cobro por concepto de valores, montos y tasas será cancelado en su totalidad en un solo pago de acuerdo a la liquidación en el Sistema Informático a ser cancelado en cajas recaudadoras, o entidades financieras autorizadas, y otros que facilite y viabilice el cobro.

II. De conformidad al Parágrafo II. Artículo 4 de la Ley Municipal N° 1043/2021 del Cementerio General, se dispondrá de sistemas de recaudación que facilite, viabilice el pago y recaudación de valores, montos, y tasas, debiendo para tal efecto la Unidad Funcional de la Dirección de Recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, actualizar y/o adecuar la liquidación o determinación de los montos indexados a la Reposición por Comprobante de Pago.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.

En sujeción al inciso c) Artículo 34 de la Ordenanza Municipal N° 4626/2013 Reglamento Municipal de Servicios Funerarios del Cementerio General de Cochabamba de fecha 09 de abril de 2013, el solicitante tendrá un plazo de 30 días calendario para el cumplimiento del Numeral VI del Artículo 4 de la Ley Municipal N° 1043/2021 con la cancelación del Derecho de Adjudicación, en caso de no proceder con dicho pago, la Unidad Funcional de la Dirección de Recaudaciones remitirá los actuados al Cementerio General para la disposición del sitio conforme a normativa en actual vigencia.

DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Se autoriza a la Máxima Autoridad Ejecutiva Tributaria Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba emitir Resoluciones Técnico-Administrativas, a efectos de permitir una correcta aplicación del presente Decreto Municipal, siempre que no sean contrarias ni vulneren las disposiciones en actual vigencia.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Las disposiciones contenidas en el presente Decreto Municipal, se adecuarán de manera gradual, en cuanto sean aplicables, al sistema informático para la Administración Tributaria Municipal, emergente de las condiciones técnicas que requieran para su implementación. Todos los servidores públicos, así como los ciudadanos (administrados y contribuyentes) son responsables de cumplir el presente Decreto Municipal.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

El presente Decreto Municipal entrará en vigencia una vez publicado en la Gaceta Municipal del Órgano Ejecutivo.

Publíquese, cúmplase y archívese

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El objetivo principal es brindar un servicio útil y práctico, que permita al lector mantenerse informado sobre las disposiciones tributarias sin perderse en la complejidad del lenguaje jurídico.

Marcelo Gonzales Yaksic

Marcelo Gonzales Yaksic, es el director de esta página y ofrece una rica experiencia profesional. Actualmente es abogado tributarista en ejercicio libre de la profesión, fue Asesor Legal de la Cámara de Industria y Comercio de Cochabamba, autor de la columna Pliego de Cargos, Licenciado en Ciencias Jurídicas (UMSS), Diplomado en Tributación del Centro de Estudios Fiscales y Financieros (CEF – Bolivia) y con Maestría en Derecho Corporativo y Regulatorio del Centro de Estudios Superiores Universitarios (CESU- UMSS).


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