LEY MUNICIPAL N° 0271/2018
19 DE JUNIO DE 2018
Por cuanto, el Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, DECRETA:
LEY MODIFICATORIA DE LA LEY MUNICIPAL N° 0049/2014 DE GESTIÓN INTEGRAL DEL SERVICIO DE ASEO URBANO, MANEJO Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS.
Artículo Único. (Objeto)
El Objeto de la presente Ley Municipal, es la MODIFICACION de los Artículos 6o y 7o de la Ley Municipal N° 0049/2014 “de Gestión Integral del Servicio de Aseo Urbano, Manejo y Tratamiento de Residuos Sólidos”, quedando modificados de la siguiente manera:
ARTÍCULO 6. (PLAZO DE LA CONCESIÓN).
Los contratos de concesión tendrán una duración máxima de veinticinco (25) años.
ARTÍCULO 7. (DE LA PROPIEDAD DE LOS BIENES RESULTADO DE LA CONCESIÓN).
I. Los bienes, obras y equipamientos que se encuentren en el predio de la concesión del servicio de disposición final de residuos sólidos, a la finalización del contrato de concesión en predio municipal, pasarán a propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, conforme se establezca en las especificaciones técnicas y en el contrato de concesión, en el marco de las Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios DS 0181.
II. La concesión del servicio, para el tratamiento y disposición final de residuos sólidos, podrá otorgarse en predios públicos y/o privados, conforme normativa nacional, departamental y municipal vigente.
III. Las concesiones que consideren la entrega temporal de predios por parte del Municipio, deberán efectuarse en el marco de las Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios DS 0181.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.
Las modificaciones realizadas por la presente ley podrán aplicarse tanto a concesiones que se encuentren vigentes a la fecha de publicación de la misma, así como a nuevas concesiones.
La disposición final primera fue modificada por el artículo 1 de la Ley Municipal Nº 442/2019.
Nota de Gonzales Yaksic – Abogados Tributaristas de Cochabamba
Segunda.
En caso de otorgarse la concesión del servicio de disposición final de residuos sólidos en predios privados, el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, no podrá invertir recursos públicos dentro estos predios.
Tercera.
Queda vigente y subsistente la Ley Municipal N° 0049/2014 de 25 de julio de 2014 en todas sus partes, exceptuando lo expresamente establecido en la Presente Ley Municipal.
Es dada en la Sala de Sesiones “Alejo de Calatayud y Espíndola” del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
Pase al Órgano Ejecutivo Municipal para fines de Ley.


