Tasas por Servicios Administrativos en Cochabamba (LD 1043)

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Conoce la Ley Departamental 1043 sobre tasas administrativas y técnicas en Cochabamba. Descubre costos y procedimientos para evaluaciones ambientales, licencias turísticas, personalidades jurídicas y legalizaciones en el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba.

La Ley Departamental Nº 1043 establece las tasas aplicables por servicios administrativos y técnicos del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, cubriendo específicamente áreas como evaluación y seguimiento ambiental, servicios turísticos, otorgación de personalidades jurídicas, y certificaciones y legalizaciones administrativas. El objetivo central es garantizar la sostenibilidad financiera de los servicios públicos departamentales. La normativa define claramente el hecho generador, los sujetos activos y pasivos, así como las bases imponibles y montos específicos aplicables a servicios ambientales, turísticos, jurídicos y administrativos. Las tasas se actualizarán anualmente conforme a la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV), según el Código Tributario Boliviano.

LEY DEPARTAMENTAL Nº 1043

19 DE OCTUBRE DE 2021

LEY DE TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA

ARTÍCULO 1. (Objeto)

Créase las Tasas por la Prestación de Servicios Administrativos y Técnicos inherentes al Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, de acuerdo a las condiciones establecidas en esta Ley Departamental.

ARTÍCULO 2. (Finalidad)

La presente Ley tiene por finalidad establecer las tasas por servicios prestados en la Dirección de Medio Ambiente, Unidad de Recaudaciones, Dirección de Culturas y Turismo y la Dirección de Asuntos Jurídicos y Normativos, a fin de garantizar la sostenibilidad de los servicios prestados.

ARTÍCULO 3. (Ámbito de aplicación)

Las tasas departamentales serán de aplicación en toda la jurisdicción del Departamento de Cochabamba.

ARTÍCULO 4. (Hecho Generador)

El hecho generador de las tasas departamentales se perfeccionará a momento de la prestación de servicios por el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, de conformidad a lo previsto en la presente Ley.

ARTÍCULO 5. (Sujeto Activo)

El Sujeto Activo de las Tasas es el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, cuyas facultades establecidas en el Código Tributario Boliviano y normas conexas serán ejercidas por Unidad de Recaudaciones del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba.

ARTÍCULO 6. (Sujeto Pasivo)

Son sujetos pasivos de las Tasas establecidas en la presente Ley, las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas que reciben los servicios prestados por el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba.

ARTÍCULO 7. (Base Imponible y Alícuota)

La Base Imponible y las Alícuotas, aplicables a las tasas por la prestación de servicios del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, se determinan en el valor equivalente al costo de los mismos establecidos a continuación:

A) TASAS DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL

SERVICIO O ACTIVIDADMONTO EN BS.
1Revisión y/o Aprobación Formulario de Nivel de Categorización Ambiental226
2Revisión y/o Aprobación Programa de Prevención y Mitigación – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental635
3Revisión y/o Aprobación Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental Cat. 1 (Analítico Integral)1.065
4Revisión y/o Aprobación Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental Cat. 2 (Analítico Específico)888
5Revisión y/o Aprobación Manifiesto Ambiental723
6Revisión y/o Aprobación Manifiesto Ambiental de Cierre y Abandono741
7Revisión y/o Aprobación Renovación y/o Actualización Plan de Adecuación Ambiental – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental/Programa de Prevención y Mitigación – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental.778
8Revisión y/o Aprobación Informe de Monitoreo Ambiental314
9Revisión del registro ambiental industrial, según el Reglamento Ambiental para el sector industrial Manufacturero (RASIM) (proyectos o actividades industriales Nuevos y en operación)228
10Revisión y/o Aprobación Descripción de Proyecto – Plan de Manejo Ambiental, según el RASIM638
11Revisión y/o Aprobación Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental -Plan de Manejo Ambiental (en proyecto) Cat. 1 y 2, según el RASIM1.115
12Revisión y/o Aprobación Manifiesto Ambiental Industrial – Plan de Manejo Ambiental (en operación) Cat. 1 y 2, según el RASIM913
13Revisión y/o Aprobación Manifiesto Ambiental Industrial – Plan de Manejo Ambiental (en operación) Cat. 3, según el RASIM650
14Revisión de actualización del registro ambiental industrial (proyecto o actividades industriales en operación) según el RASIM228
15Revisión de Aprobación del Plan de Manejo Ambiental (PMA) según el RASIM638
16Revisión del Informe Ambiental Anual emitido por la instancia Ambiental del gobierno municipal (IAGM), según el RASIM (para actividades industriales)314
17Revisión del Plan de Cierre emitido por la IAGM, según el RASIM (para actividades industriales)741
18Revisión y/o Aprobación Formulario Explotación Menor de Agregados y Áridos. (Sector áridos y agregados)667
19Revisión y/o Aprobación Formulario de Prospección Minera, para los Actores Productivos Mineros Estatales y Privados.228
20Revisión y/o Aprobación Formulario Exploración Minera de Actividades Pequeñas. (Sector minería), para los Actores Productivos Mineros Estatales y Privados.704
21Revisión y/o Aprobación Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas381
22Revisión y/o Aprobación Formulario de Nivel de Categorización Ambiental- Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas.513
23Revisión y/o Aprobación Manifiesto Ambiental – Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas.854
24Revisión y/o Aprobación Programa de Prevención y Mitigación – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental – Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas.822
25Revisión y/o Aprobación Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental -Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas.1.228
26Revisión y/o Aprobación Renovación Programa de Prevención y Mitigación – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental – Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas. Cat. 1 y 2.929
27Revisión y/o Aprobación Renovación Plan de Adecuación Ambiental -Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental – Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas. (Renovación MA)929
28Revisión y/o Aprobación Renovación Programa de Prevención y Mitigación – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental – Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas. Cat. 3.835
29Revisión y/o Aprobación Adenda Programa de Prevención y Mitigación -Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental – Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas o Plan de Adecuación Ambiental – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental – Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas866
30Revisión y/o Aprobación Integración Programa de Prevención y Mitigación – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental – Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas o Plan de Adecuación Ambiental – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental – Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas.866
31Revisión y/o Aprobación Integración y Renovación Programa de Prevención y Mitigación – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental -Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas o Plan de Adecuación Ambiental – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental – Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas.939
32Cambio de Razón Social y/o Representante Legal en la Licencia Ambiental409
33Emisión de Certificaciones Tramites Ambientales111
34Legalización de Fotocopias Tramites Ambientales86
35Permisos Ambientales Especiales499
36Certificado de Operadores Autorizados para Residuos Especiales y/o peligrosos695

B) TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS DE TURISMO

SERVICIO O ACTIVIDADMONTO EN BS.
1Extensión licencia turística departamental a hotel 5 estrellas1.505
2Extensión licencia turística departamental a hotel 4 estrellas1.327
3Extensión licencia turística departamental a hotel 3 estrellas1.120
4Extensión licencia turística departamental a hotel 2 estrellas959
5Extensión licencia turística departamental a hotel 1 estrella800
6Extensión licencia turística departamental a hotel boutique 5 estrellas1.505
7Extensión licencia turística departamental a hotel boutique 4 estrellas1.327
8Extensión licencia turística departamental a resort 5 estrellas1.505
9Extensión licencia turística departamental a resort 4 estrellas1.327
10Extensión licencia turística departamental a resort 3 estrellas1.120
11Extensión licencia turística departamental a apart hotel 5 estrellas1.505
12Extensión licencia turística departamental a apart hotel 4 estrellas1.327
13Extensión licencia turística departamental a apart hotel 3 estrellas1.120
14Extensión licencia turística departamental a lodge – categoría única859
15Extensión licencia turística departamental a hoteles rurales – categoría única910
16Extensión licencia turística departamental a hostales o residenciales 3 estrellas800
17Extensión licencia turística departamental a hostales o residenciales 2 estrellas691
18Extensión licencia turística departamental a hostales o residenciales 1 estrella638
19Extensión licencia turística departamental a hosterías – categoría única528
20Extensión licencia turística departamental a alojamientos a564
21Extensión licencia turística departamental a alojamientos b546
22Extensión licencia turística departamental a áreas de camping-categoría única605
23Extensión licencia turística departamental a agencias de viaje493
24Extensión licencia turística departamental a consolidadoras de turismo493
25Extensión licencia turística departamental a mayoristas y representaciones de turismo493
26Extensión licencia turística departamental a operadoras de turismo558
27Extensión licencia turística departamental a guía comunitario o local220
28Extensión licencia turística departamental a guía fijo o de sitio220
29Extensión licencia turística departamental a guía especializado220
30Extensión licencia turística departamental a establecimientos de servicios gastronómico turísticos- 5 tenedores.712
31Extensión licencia turística departamental a establecimientos de servicios gastronómico turísticos- 4 tenedores.664
32Extensión licencia turística departamental a establecimientos de servicios gastronómico turísticos- 3 tenedores.638
33Extensión licencia turística departamental a establecimientos de servicios gastronómico turísticos- 2 tenedores.555
34Extensión licencia turística departamental a establecimientos de servicios gastronómico turísticos- 1 tenedores.511
35Extensión licencia turística departamental a empresas de transporte turístico aéreo682
36Extensión licencia turística departamental a empresas de transporte turístico terrestre518
37Extensión licencia turística departamental a empresas de transporte turístico férreo881
38Extensión licencia turística departamental a empresas de transporte turístico lacustre o fluvial819
39Extensión licencia turística departamental a empresas organizadoras de congresos y ferias de turismo – categoría única684
40Extensión duplicado fotostático de la licencia turística departamental219
41Legalización fotostática de la licencia turística departamental50
42Aprobación de cambio de representante legal e impresión de la nueva licencia219

C) TASAS POR LA EMISIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS

SERVICIO O ACTIVIDADMONTO EN BS,
1Otorgación, modificación, actualización y extinción de personalidad jurídica de Entidades sin Fines de Lucro, Fundaciones y ONGs.1.271
2Certificaciones e informes de Personalidades Jurídicas.62
3Reposiciones, Rectificaciones y Legalización de: Certificados, Decretos Departamentales, Resoluciones u otro documento emitido por la entidad, que forme parte del expediente de personalidades jurídicas.115
4Protocolización de otorgación, modificación, actualización y extinción de personalidades jurídicas.513

D) TASAS POR CERTIFICACIONES Y LEGALIZACIONES DE LA UNIDAD DE RECAUDACIONES

SERVICIO O ACTIVIDADMONTO EN BS.
1Certificación del pago del Impuesto Departamental sobre las Transmisiones Sucesorias y Gratuitas50
2Legalización de firmas en documentos, y legalización del pago del Impuesto Departamental sobre las Transmisiones Sucesorias y Gratuitas35

ARTÍCULO 8. (Liquidación y Pago)

Las Tasas Departamentales se liquidarán y pagarán en la forma, medios y plazos que determine el Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba mediante norma reglamentaria.

ARTÍCULO 9. (Destino de la recaudación de la Tasa)

La recaudación de la Tasa Departamental será destinada en su totalidad al sector de la prestación del servicio que constituye la causa de la obligación.

ARTÍCULO 10. (Actualización de las Tasas Departamentales)

Las Tasas Departamentales serán actualizadas anualmente por el Órgano Ejecutivo Departamental, de acuerdo a la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV), publicada por el Banco Central de Bolivia, en cumplimiento del Artículo 2 parágrafo I de la Ley N° 2434, entre el Io de enero al 31 de diciembre de la gestión fiscal anterior.

ARTÍCULO 11. (Aplicación del Código Tributario Boliviano)

En la relación jurídica Tributaría de las tasas, se aplicarán las normas contenidas en el Código Tributario Boliviano.

DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA

DISPOSICIÓN ÚNICA. Se abrogan y derogan las disposiciones contrarias a la presente Ley Departamental.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA. El Ejecutivo Departamental reglamentará mediante norma expresa, los procedimientos administrativos complementarios para la correcta aplicación de las Tasas por Servicios del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba.

SEGUNDA. La presente Ley entrara en vigencia a partir de su publicación.

Remítase al Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba para fines legales de promulgación y publicación.

Es dada en la sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental, en la ciudad de Cochabamba a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.

La información contenida en esta publicación tiene fines exclusivamente informativos y de divulgación general. La norma aquí transcrita no constituye un documento oficial ni surte efectos legales de ningún tipo. Este contenido no reemplaza, bajo ninguna circunstancia, la publicación oficial realizada por las autoridades competentes en los medios legalmente establecidos. Esta normativa puede contener errores de transcripción.

Ni el autor de este blog ni la plataforma asumen responsabilidad alguna por el uso que pueda darse a la información contenida en esta publicación, ni por eventuales errores, omisiones o interpretaciones derivadas del presente resumen.

Se recomienda a los usuarios acudir a profesionales especializados en derecho tributario o a las entidades públicas competentes para obtener asesoramiento técnico y legal adecuado.

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Este blog forma parte de un esfuerzo independiente y sostenido por resumir y difundir la normativa tributaria vigente en el departamento de Cochabamba. A través de un enfoque claro y accesible, el abogado tributarista MARCELO GONZALES YAKSIC ha reunido, leyes, decretos, resoluciones y normas relevantes, facilitando su comprensión y acercando la información a profesionales, contribuyentes y ciudadanos interesados.

El objetivo principal es brindar un servicio útil y práctico, que permita al lector mantenerse informado sobre las disposiciones tributarias sin perderse en la complejidad del lenguaje jurídico.

Marcelo Gonzales Yaksic

Marcelo Gonzales Yaksic, es el director de esta página y ofrece una rica experiencia profesional. Actualmente es abogado tributarista en ejercicio libre de la profesión, fue Asesor Legal de la Cámara de Industria y Comercio de Cochabamba, autor de la columna Pliego de Cargos, Licenciado en Ciencias Jurídicas (UMSS), Diplomado en Tributación del Centro de Estudios Fiscales y Financieros (CEF – Bolivia) y con Maestría en Derecho Corporativo y Regulatorio del Centro de Estudios Superiores Universitarios (CESU- UMSS).


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